Domingo, 28 Agosto 2016 Por

“El tratado de Roma no habla de cárcel, habla de sanciones, que hoy son restaurativas”, Gaviria

Cesar Gaviria, expresidente de Colombia y líder de la campaña por el sí en el plebiscito, demuestra que son falsos los rumores de la oposición en los que asegura que los guerrilleros deben pagar sus delitos con cárcel y no mediante mecanismos alternativos como los que se pactaron en el Acuerdo Final.

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Cesar Gaviria Trujillo, expresidente de Colombia. Colombiacheck - Diseño

El pasado 24 de agosto, día en el que se anunció el cierre de la negociación entre el Gobierno y las Farc, César Gaviria, expresidente y líder de la campaña por el voto positivo al plebiscito, aseguró en

con el periodista Yamid Amat, director del noticiero de televisión CM&, que el Tratado de Roma no habla de cárcel sino de sanciones. Frase que, luego de chequearla, calificamos como verdadera. 

Para comenzar nuestra verificación, quisimos confirmar con Gaviria cómo sustenta su afirmación o de dónde la había sacado, pero John Álvarez, quien maneja sus relaciones con los medios de comunicación, nos dijo que tenía la agenda copada y que no nos podía atender hasta la próxima semana.

Entonces revisamos el Estatuto de Roma, que se constituye en la norma que reglamenta el funcionamiento de la Corte Penal Internacional, tribunal que juzga a personas acusadas de cometer crímenes de guerra o de lesa humanidad, entre otros, y al cual se ciñó el Acuerdo Final entre el gobierno y las Farc.

Hicimos el ejercicio básico de buscar la palabra en todo el documento y solo apareció una vez el término “encarcelación”. Se ubica en el artículo 7 de la Parte I titulada “Crímenes de lesa humanidad” describiendo uno de los actos considerados como tal, acciones que no serán objeto de amnistía ni indulto para las Farc tal como consta en el Acuerdo Final.

Las palabras sanción o sanciones están seis veces en el documento y se refieren, sobre todo, a correctivos ante conductas inadecuadas frente a la Corte

Después revisamos la Parte VII del documento, artículos 77 y 78, que hablan sobre las penas. Allí se habla de reclusión, la cual no puede exceder los 30 años y solo justifica penas a perpetuidad por “la extrema gravedad del crimen y las circunstancias personales del condenado”. El Tratado habla además de imponer multas y de decomisar productos, bienes o haberes procedentes del crimen.

Carlos Montoya, investigador de la Fundación Paz y Reconciliación, resaltó que “la Jurisdicción Especial para la Paz, concertada en el Acuerdo Final, estará encargada de administrar justicia e investigar y sancionar las violaciones a los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario”, garantizando el debido proceso que exige la Corte Penal Internacional, CPI.

“La alternatividad que da la justicia transicional coincide en que no tiene que haber cárcel para que haya una sanción y eso garantiza que no haya impunidad”, concluyó Montoya.

Por todo lo explicado hasta aquí, Colombiacheck considera falsas las declaraciones del senador Jaime Amín y de Christian Garcés, ambos del Centro Democrático, que aseguran que la justicia internacional exige cárcel para delitos de lesa humanidad.

Colombiacheck ya había chequeado una frase del expresidente Uribe en el que se explica cómo serán las sanciones privativas de la libertad a las que se exponen los guerrilleros de las Farc.